Art. 258
Documento justificativo de una declaración oral en aduana con vistas a la importación temporal
En vigor desde 24 nov 2015
Artículo 258
Documento justificativo de una declaración oral en aduana con vistas a la importación temporal
(Artículo 22, apartado 2, del Código)
En caso de que la solicitud de autorización de importación temporal se base en una declaración oral en aduana, el declarante presentará el documento justificativo a que se hace referencia en el artículo 165 del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 en ejemplar duplicado. Uno de los ejemplares será visado por las autoridades aduaneras y entregado al titular de la autorización.
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