Art. 238

Fecha y lugar de examen de las mercancías

En vigor desde 24 nov 2015
Artículo 238 Fecha y lugar de examen de las mercancías (Artículo 189 del Código) Cuando la aduana competente haya decidido proceder al examen de las mercancías de conformidad con el artículo 188, letra c), del Código o a la toma de muestras de conformidad con el artículo 188, letra d), del Código, deberá designar la fecha y el lugar para ello y comunicarlo al declarante. A petición del declarante, la aduana competente podrá designar un lugar distinto del recinto aduanero o una hora que no corresponda al horario oficial de apertura de la aduana.
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