Art. 16
Cálculo de AVA por cancelación anticipada
En vigor desde 26 oct 2015
Artículo 16
Cálculo de AVA por cancelación anticipada
Las entidades estimarán un AVA por cancelación anticipada considerando las pérdidas que puedan derivarse de la cancelación anticipada no contractual de transacciones de clientes. El AVA por cancelación anticipada se calculará teniendo en cuenta el porcentaje de transacciones de clientes que históricamente hayan sido canceladas anticipadamente y las pérdidas registradas en tales casos.
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