Art. 109
Plazos de presentación de la declaración sumaria de entrada en caso de transporte por vías navegables interiores
En vigor desde 28 jul 2015
Artículo 109
Plazos de presentación de la declaración sumaria de entrada en caso de transporte por vías navegables interiores
(Artículo 127, apartados 3 y 7, del Código)
En caso de que las mercancías sean introducidas en el territorio aduanero de la Unión por vías navegables interiores, la declaración sumaria de entrada deberá presentarse a más tardar dos horas antes de la llegada de las mercancías al lugar para el que es competente la aduana de primera entrada.
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