Art. 2

Definiciones

En vigor desde 23 jun 2015
Artículo 2 Definiciones A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por: a)   «peso tal cual»: el peso del azúcar en el estado en que se halle; b)   «refinado»: la operación de transformación de azúcar en bruto en azúcar blanco, de acuerdo con las definiciones del anexo II, parte II, sección A, puntos 1 y 2, del Reglamento (UE) no 1308/2013, y todas las operaciones técnicas equivalentes a las que se somete el azúcar blanco a granel.
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eli:reg_del:2015:1538:oj#art-2

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