Art. 2

Contenido de la solicitud en relación con la cartera de activos asignada

En vigor desde 24 mar 2015
Artículo 2 Contenido de la solicitud en relación con la cartera de activos asignada En relación con la cartera de activos asignada a que se refiere el artículo 77 ter, apartado 1, letra a), de la Directiva 2009/138/CE, la solicitud incluirá, como mínimo, lo siguiente: a) la justificación de que la cartera de activos asignada cumple todas las condiciones pertinentes establecidas en el artículo 77 ter, apartado 1, de la Directiva 2009/138/CE; b) datos sobre los activos de la cartera asignada, que consistirán en información sobre los activos, línea por línea, y sobre el procedimiento utilizado para agrupar esos activos por clases, calidad crediticia y duración a efectos de determinar el diferencial fundamental a que se refiere el artículo 77 quater, apartado 1, letra b), de la Directiva 2009/138/CE; c) una descripción del proceso destinado a mantener la cartera de activos asignada, conforme a lo dispuesto en el artículo 77 ter, apartado 1, letra a), de la Directiva 2009/138/CE, incluido el proceso para mantener la replicación de los flujos de caja esperados si estos han cambiado de manera significativa.
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