Art. 6

Notificación de información

En vigor desde 19 dic 2014
Artículo 6 Notificación de información La Junta establecerá los formatos y representaciones de datos que deberán utilizar las entidades para notificar la información necesaria a efectos del cálculo de las aportaciones anuales, para aumentar la comparabilidad de la información notificada y la eficacia de su tratamiento.
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