Art. 8
Requisitos relativos a la dirección de tractores rápidos
En vigor desde 8 dic 2014
Artículo 8
Requisitos relativos a la dirección de tractores rápidos
Los procedimientos de ensayo y los requisitos de rendimiento aplicables a la dirección de tractores rápidos según el artículo 17, apartado 2, letra b), del Reglamento (UE) no 167/2013 se llevarán a cabo y verificarán conforme al anexo IV del presente Reglamento.
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