Art. 1

En vigor desde 28 nov 2014
Artículo 1 El Reglamento (CE) no 1235/2008 se modifica como sigue: 1) En el artículo 4, apartado 1, se sustituye «31 de octubre de 2014» por «31 de octubre de 2015». 2) El anexo III se modifica de conformidad con el anexo I del presente Reglamento. 3) El anexo IV se modifica y corrige de conformidad con el anexo II del presente Reglamento.
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