Art. 3

En vigor desde 30 oct 2014
Artículo 3 Las variables referentes a las cuestiones tratadas por la segunda encuesta sobre la educación de adultos según indica el segundo ámbito del anexo del Reglamento (CE) no 452/2008 y sus desgloses se ajustarán a lo dispuesto en el anexo I del presente Reglamento.
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