Art. 231
Datos utilizados en el modelo interno
En vigor desde 10 oct 2014
Artículo 231
Datos utilizados en el modelo interno
1. Los datos utilizados en el modelo interno solo se considerarán exactos a efectos del artículo 121, apartado 3, de la Directiva 2009/138/CE cuando se cumplan todas las condiciones siguientes:
(a)
que los datos no contengan errores significativos;
(b)
que los datos de diferentes períodos utilizados para la misma estimación sean coherentes;
(c)
que los datos se registren de forma oportuna y coherente en el tiempo.
2. Los datos utilizados en el modelo interno solo se considerarán completos a efectos del artículo 121, apartado 3, de la Directiva 2009/138/CE cuando se cumplan todas las condiciones siguientes:
(a)
que los datos incluyan información histórica suficiente para evaluar las características del riesgo subyacente, en particular a fin de identificar tendencias en los riesgos;
(b)
que se disponga de datos que cumplan la condición estipulada en la letra a) del presente apartado para todos los parámetros del modelo pertinentes, y no se descarte la utilización en el modelo interno de ningún dato pertinente de tales características sin una causa justificada.
3. Los datos utilizados en el modelo interno solo se considerarán adecuados a efectos del artículo 121, apartado 3, de la Directiva 2009/138/CE cuando se cumplan todas las condiciones siguientes:
(a)
que los datos sean coherentes con los fines para los que vayan a utilizarse;
(b)
que la cantidad y la naturaleza de los datos garanticen que las estimaciones realizadas en el modelo interno a partir de los mismos no contengan un error de estimación significativo;
(c)
que los datos sean coherentes con las hipótesis subyacentes de las técnicas actuariales y estadísticas que se les apliquen en el modelo interno;
(d)
que los datos reflejen los riesgos pertinentes a los que esté expuesta la empresa de seguros o reaseguros;
(e)
que los datos se recopilen, traten y apliquen de forma transparente y estructurada, sobre la base de una especificación de las siguientes aspectos:
i)
la definición y evaluación de la calidad de los datos, incluyendo normas cualitativas y cuantitativas específicas para diferentes series de datos;
ii)
la formulación y utilización de las hipótesis empleadas en la recopilación, tratamiento y aplicación de los datos;
iii)
el proceso de actualización de los datos, incluyendo la frecuencia de las actualizaciones periódicas y las circunstancias en las que deberá procederse a actualizaciones adicionales.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_del:2015:35:oj#art-231