Art. 224
Adecuación a la actividad
En vigor desde 10 oct 2014
Artículo 224
Adecuación a la actividad
Las empresas de seguros y reaseguros garantizarán que el diseño del modelo interno se adapte a sus actividades del siguiente modo:
(a)
los enfoques de modelización reflejarán la naturaleza, el volumen y la complejidad de los riesgos inherentes a las actividades de la empresa incluidos en el ámbito del modelo interno;
(b)
los resultados del modelo interno y el contenido de la información presentada a nivel interno y externo por la empresa serán coherentes;
(c)
el modelo interno permitirá obtener resultados con un nivel de desagregación suficiente para desempeñar una función importante en las decisiones de gestión pertinentes de la empresa; como mínimo, los resultados del modelo interno diferenciarán entre líneas de negocio, entre categorías de riesgo y entre segmentos principales de actividad;
(d)
la política de modificación del modelo interno preverá que este se ajuste en función de las variaciones en el ámbito o la naturaleza de las actividades de la empresa.
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