Art. 1

En vigor desde 4 sept 2014
Artículo 1 1.   El presente Reglamento prevé la concesión de una ayuda al almacenamiento privado de mantequilla, tal como se contempla en el artículo 17, letra e), del Reglamento (CE) no 1308/2013. 2.   Será de aplicación el Reglamento (CE) no 826/2008, salvo disposición en contrario del presente Reglamento.
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