Art. 4
Solicitud de asignación de derechos de pago en caso de venta mediante una cláusula contractual de conformidad con el artículo 20 del Reglamento Delegado (UE) no 639/2014
En vigor desde 16 jun 2014
Artículo 4
Solicitud de asignación de derechos de pago en caso de venta mediante una cláusula contractual de conformidad con el artículo 20 del Reglamento Delegado (UE) no 639/2014
1. En caso de venta mediante una cláusula contractual de conformidad con el artículo 20 del Reglamento Delegado (UE) no 639/2014, la solicitud de asignación de los derechos de pago sujetos a dicha cláusula será presentada por el vendedor. Dicha solicitud incluirá la siguiente información:
a)
los detalles relativos al contrato de venta, incluida la cláusula contractual pertinente y/o, cuando así lo exija el Estado miembro, una copia de dicho contrato;
b)
el número de hectáreas admisibles sujetas a dicha cláusula contractual;
c)
los datos de identificación del agricultor que ha recibido la transferencia en virtud de dicha cláusula, incluido, en su caso, la identificación única del beneficiario a que hace referencia el artículo 8 del Reglamento Delegado (UE) no 640/2014.
2. El Estado miembro podrá autorizar al comprador a presentar la solicitud de asignación de los derechos de pago en nombre del vendedor. En tal caso, el Estado miembro comprobará que el vendedor ha autorizado al comprador a presentar la solicitud.
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