Art. 2
Medidas transitorias
En vigor desde 15 may 2014
Artículo 2
Medidas transitorias
Los Estados miembros, de conformidad con el Reglamento (CE) no 1107/2009, modificarán o retirarán, cuando sea necesario, las autorizaciones vigentes de productos fitosanitarios que contengan «aceites vegetales/aceite de citronela» como sustancia activa a más tardar el 5 de diciembre de 2014.
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