Art. 2

Objetivos y ámbito de aplicación

En vigor desde 6 may 2014
Artículo 2 Objetivos y ámbito de aplicación 1.   La Empresa Común ECSEL tendrá los siguientes objetivos: a) contribuir a la aplicación del Reglamento (UE) no 1291/2013 y, en particular, la parte II de la Decisión 2013/743/UE; b) contribuir al desarrollo de una industria de componentes y sistemas electrónicos sólida y competitiva a escala mundial en la UE; c) garantizar la disponibilidad de componentes y sistemas electrónicos para los mercados principales y para afrontar los retos de la sociedad, con el objetivo de mantener a Europa en la vanguardia del desarrollo tecnológico, reduciendo la brecha entre la investigación y la explotación, fortaleciendo las capacidades de innovación y generando crecimiento económico y empleo en la Unión; d) alinear las estrategias con los Estados miembros para atraer la inversión privada y contribuir a la efectividad de la ayuda pública, evitando la innecesaria duplicación y fragmentación de los esfuerzos y facilitando la participación de los agentes implicados en la investigación y la innovación; e) mantener y hacer crecer la capacidad de producción de semiconductores y sistemas inteligentes en Europa, incluido el liderazgo en la fabricación de equipos y el procesamiento de materiales; f) garantizar y afianzar una posición dominante en el diseño y la ingeniería de sistemas, incluidas las tecnologías empotradas; g) facilitar el acceso a todas las partes interesadas a una infraestructura de clase mundial para el diseño y la fabricación de componentes electrónicos y sistemas empotrados/ciberfísicos e inteligentes, y h) construir un ecosistema dinámico en el que participen las pequeñas y medianas empresas (PYME), fortaleciendo así los grupos existentes y fomentando la creación de nuevos grupos en ámbitos nuevos y prometedores. 2.   El alcance de los trabajos que debe efectuar la Empresa Común ECSEL aprovechará los resultados obtenidos por las Empresas Comunes ENIAC y Artemis, por la Plataforma Tecnológica Europea EPoSS y los trabajos financiados a través de otros programas nacionales y europeos. Fomentará de manera oportuna y equilibrada nuevos avances y sinergias en los siguientes ámbitos principales: a) tecnologías de diseño, procesos e integración, equipos, materiales y fabricación para microelectrónica y nanoelectrónica, buscando al mismo tiempo la miniaturización, diversificación y diferenciación, integración heterogénea; b) procesos, métodos, herramientas y plataformas, diseños de referencia y arquitecturas para sistemas de software o sistemas ciberfísicos/empotrados de control intensivo, para conseguir excelente conectividad e interoperabilidad, seguridad funcional, alta disponibilidad y seguridad para las aplicaciones profesionales y de consumo, así como servicios conectados, y c) enfoques multidisciplinares para sistemas inteligentes, sustentados en el progreso del diseño holístico y la fabricación avanzada con el fin de obtener sistemas inteligentes autosuficientes y adaptables que dispongan de interfaces sofisticadas y ofrezcan funcionalidades complejas basadas, por ejemplo, en la perfecta integración de los procesos de detección, accionamiento, transformación, suministro de energía y trabajo en red.
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