Art. 2
Objetivos
En vigor desde 6 may 2014
Artículo 2
Objetivos
La Empresa Común BBI tendrá los siguientes objetivos:
a)
contribuir a la aplicación del Reglamento (UE) no 1291/2013 y en particular la parte III de la Decisión 2013/743/UE;
b)
contribuir a los objetivos de la Iniciativa BIC, a saber, lograr una economía hipocarbónica sostenible que haga un uso más eficiente de los recursos e incrementar el crecimiento económico y el empleo, en particular en las zonas rurales, mediante el desarrollo de bioindustrias sostenibles y competitivas en Europa, basadas en biorrefinerías avanzadas que obtengan la biomasa que necesitan de forma sostenible; y, en particular:
i)
demostrar tecnologías que den lugar a nuevos constituyentes químicos básicos, nuevos materiales y nuevos productos de consumo a partir de la biomasa europea que sustituyan la necesidad de insumos fósiles,
ii)
desarrollar modelos de negocio que integren a los agentes económicos a lo largo de toda la cadena del valor, desde los proveedores de biomasa y las biorrefinerías, hasta los consumidores de biomateriales, sustancias químicas y combustibles, incluso mediante la creación de nuevas conexiones entre sectores y el apoyo a grupos intersectoriales, y
iii)
establecer biorrefinerías emblemáticas que utilicen tecnologías y modelos de negocio para biomateriales, sustancias químicas y combustibles, y demuestren mejoras de coste y rendimiento a niveles competitivos con las alternativas fósiles.
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