Art. 1
Objetivo y ámbito de aplicación
En vigor desde 14 abr 2014
Artículo 1
Objetivo y ámbito de aplicación
1. Mediante el presente Reglamento se establece el programa «Europa para los Ciudadanos» para el período comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2020 (en lo sucesivo denominado «el Programa»).
2. En el marco de la meta global de acercar a la Unión a sus ciudadanos, los objetivos generales del Programa son los siguientes:
a)
contribuir a la comprensión de la Unión, de su historia y diversidad, por los ciudadanos;
b)
fomentar la ciudadanía europea y mejorar las condiciones para la participación ciudadana y democrática a nivel de la Unión.
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