Art. 3
Definiciones
En vigor desde 26 mar 2014
Artículo 3
Definiciones
A efectos de lo dispuesto en el presente Reglamento, se aplicarán las definiciones del artículo 2 del Reglamento (CE) no 715/2009, del artículo 3 del Reglamento (UE) no 984/2013 de la Comisión, de 14 de octubre de 2013, por el que se establece un código de red sobre los mecanismos de asignación de capacidad en las redes de transporte de gas y se completa el Reglamento (CE) no 715/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo (6), y del artículo 2 de la Directiva 2009/73/CE. Además, se entenderá por:
1) «zona de balance»: un sistema de entrada-salida al que es aplicable un régimen específico de balance y que puede incluir redes de distribución o partes de los mismos;
2) «acción de balance»: una acción realizada por el gestor de la red de transporte para cambiar los flujos de gas de entrada o salida de la red de transporte, excluyendo las acciones relacionadas con las mermas de gas del sistema y el gas utilizado por el gestor de la red de transporte para el funcionamiento del sistema;
3) «tarifa de balance a efectos de neutralidad»: una tarifa equivalente a la diferencia entre las cantidades recibidas o por recibir y las cantidades pagadas o por pagar por el gestor de la red de transporte como resultado de sus actividades de balance que se traducen en pagos o cobros efectuados con los usuarios de red correspondientes;
4) «plataforma de comercio»: una plataforma electrónica proporcionada y gestionada por un operador de plataforma por medio de la cual los participantes comerciales pueden proponer y aceptar, incluido el derecho de revisión y retirada, ofertas y demandas de gas necesarias para compensar las fluctuaciones a corto plazo del suministro o la necesidad de gas, de conformidad con las condiciones aplicables en la plataforma de comercio, en la que el gestor de la red de transporte negocia a efectos de tomar acciones de balance;
5) «participante en la transacción»: un usuario de red o gestor de la red de transporte que sea titular de un contrato con el operador de la plataforma de comercio y cumpla las condiciones necesarias para efectuar transacciones en la plataforma de comercio;
6) «plataforma de balance»: una plataforma de comercio en la que un gestor de la red de transporte participa en todas las operaciones;
7) «servicio de balance»: un servicio prestado a un gestor de la red de transporte por medio de un contrato de gas requerido para compensar las fluctuaciones a corto plazo en la oferta o demanda de gas, y que no es un producto normalizado a corto plazo;
8) «cantidad confirmada»: la cantidad de gas confirmada por un gestor de la red de transporte cuyo trasporte se programa o reprograma para el día D de gas;
9) «cargo por desbalance diario»: la cantidad de dinero que un usuario de red paga o recibe en relación con la cantidad de desbalance diario;
10) «medición diaria»: la cantidad de gas que se mide y registra una vez por día de gas;
11) «medición intradiaria»: la cantidad de gas que se mide y registra un mínimo de dos veces por día de gas;
12) «sin medición diaria»: la cantidad de gas que se mide y se registra con menos frecuencia que una vez por día de gas;
13) «cartera de balance»: una relación de las entradas y salidas de un usuario de red;
14) «volumen de notificación»: la cantidad de gas transferido entre un gestor de la red de transporte y un usuario o usuarios de red o carteras de balance, según proceda;
15) «reparto»: la cantidad de gas expresada en kWh y atribuida a un usuario de red como entrada o salida por un gestor de la red de transporte con el propósito de determinar la cantidad diaria de balance;
16) «ciclo de renominación»: el proceso llevado a cabo por el gestor de la red de transporte con el fin de notificar al usuario de red las cantidades confirmadas tras la recepción de una renominación;
17) «tarifa intradiaria»: una tarifa cobrada o un pago efectuado por un gestor de la red de transporte a su usuario de red como resultado de una obligación intradiaria;
18) «obligación intradiaria»: un conjunto de normas referentes a las entradas y salidas de los usuarios de red en el día de gas impuesto por un gestor de la red de transporte a sus usuarios de red;
19) «modelo de referencia»: modelo de facilitación de información en el que la información sobre salidas sin medición diaria consiste en una previsión con un día de adelanto o intradiaria;
20) «variante 1»: modelo de provisión de información en el que la información sobre salidas sin medición diaria y con ella se basa en un prorrateo de los flujos medidos durante el día de gas;
21) «variante 2»: modelo de provisión de información en el que la información sobre las salidas sin medición diaria es una previsión con un día de adelanto.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2014:312:oj#art-3