Art. 14

Procedimiento de nominación en los puntos de interconexión

En vigor desde 26 mar 2014
Artículo 14 Procedimiento de nominación en los puntos de interconexión 1.   Un usuario de red tendrá derecho a presentar al gestor de la red de transporte una nominación para el día de gas D no más tarde del plazo límite de nominación del día de gas D-1. El plazo límite de nominación serán las 13:00 UTC (hora de invierno) o las 12:00 UTC (hora de verano) del día de gas D-1. 2.   El gestor de la red de transporte tendrá en cuenta la última nominación recibida de un usuario de red antes de que finalice el plazo de nominación. 3.   El gestor de la red de transporte enviará el mensaje con las cantidades confirmadas a los usuarios de red respectivos no más tarde del plazo de confirmación en el día de gas D-1. El plazo límite de confirmación serán las 15:00 UTC (hora de invierno) o las 14:00 UTC (hora de verano) el día de gas D-1. 4.   Los gestores de las redes de transporte a ambos lados del punto de interconexión podrán acordar ofrecer un período de prenominación dentro del cual: a) los usuarios de red no estén obligados a presentar nominaciones; b) los usuarios de red puedan presentar a los gestores de redes de transporte las nominaciones para el día de gas D no más tarde de las 12:00 UTC (hora de invierno) o de las 11:00 UTC (hora de verano) del día de gas D-1; c) el gestor de la red de transporte enviará el mensaje referente a las cantidades procesadas a los usuarios de red respectivos no más tarde de las 12:30 UTC (hora de invierno) o de las 11:30 UTC (hora de verano) del día de gas D-1. 5.   En ausencia de una nominación válida enviada por el usuario de red antes de que finalice el plazo de nominación, los gestores de redes de transporte respectivos aplicarán la norma de nominación por defecto acordada entre ellos. Los gestores de redes facilitarán a los usuarios de red la norma de nominación por defecto en vigor en el punto de interconexión.
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