Art. 51

Definiciones

En vigor desde 11 mar 2014
Artículo 51 Definiciones A los efectos de la presente sección, se entenderá por «medidas de ayuda asociada» las medidas de aplicación de la ayuda asociada voluntaria contemplada en el artículo 52, apartado 1, del Reglamento (UE) no 1307/2013.
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