Art. 1

Objeto y ámbito de aplicación

En vigor desde 4 mar 2014
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación El presente Reglamento establece normas técnicas de regulación con respecto a los criterios cualitativos y criterios cuantitativos apropiados para determinar las categorías de personal cuyas actividades profesionales tienen una incidencia importante en el perfil de riesgo de una entidad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 92, apartado 2, de la Directiva 2013/36/UE, a nivel de grupo, sociedad matriz y filial, incluidas las entidades establecidas en centros financieros extraterritoriales.
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eli:reg_del:2014:604:oj#art-1

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