Art. 5

Objetivos operativos

En vigor desde 26 feb 2014
Artículo 5 Objetivos operativos Los objetivos operativos del Programa serán todos los siguientes: a) mejorar la prevención e investigación del fraude y de otras actividades ilegales con respecto a los niveles actuales, aumentando la cooperación transnacional e interdisciplinar; b) incrementar la protección de los intereses financieros de la Unión contra el fraude facilitando el intercambio de información, experiencias y buenas prácticas, incluidos los intercambios de personal; c) intensificar la lucha contra el fraude y otras actividades ilegales suministrando apoyo técnico y operativo a la investigación nacional, y en particular a las autoridades aduaneras y las autoridades con funciones coercitivas; d) limitar la exposición de los intereses financieros de la Unión al fraude, la corrupción y otras actividades ilegales de que se tenga conocimiento actualmente, con vistas a reducir el desarrollo de una economía ilegal en ámbitos de riesgo clave como el fraude organizado, incluido el contrabando y falsificación de cigarrillos; e) aumentar el grado de desarrollo de la protección jurídica y judicial específica de los intereses financieros de la Unión contra el fraude mediante la promoción de análisis de Derecho comparado.
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