Art. 18

Presentación de solicitudes fuera de plazo

En vigor desde 20 feb 2014
Artículo 18 Presentación de solicitudes fuera de plazo Salvo en casos de fuerza mayor o de circunstancias excepcionales, la presentación de una solicitud de ayuda fuera de los plazos señalados con arreglo a lo dispuesto en el artículo 16 dará lugar a una reducción del 1 % por día hábil de los importes a los que el solicitante de ayuda habría tenido derecho si hubiese presentado la solicitud en el plazo previsto. Si el retraso es de más de 25 días civiles, la solicitud se considerará inadmisible.
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