Art. 2

Símbolos de la Unión

En vigor desde 18 dic 2013
Artículo 2 Símbolos de la Unión Los símbolos de la Unión a los que se hacen referencia en el artículo 12, apartado 2, y en el artículo 23, apartado 2, del Reglamento (UE) no 1151/2012 se establecen en el anexo del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2014:664:oj#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil