Art. 8

Disposiciones derogatorias y transitorias

En vigor desde 17 dic 2013
Artículo 8 Disposiciones derogatorias y transitorias 1.   Queda derogado el Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 1826/69 con efecto a 25 de noviembre de 2015. Durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 24 de noviembre de 2015, seguirá aplicándose el Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 1826/69. 2.   Todo salvoconducto expedido en virtud del Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 1826/69 dejará de ser válido con efecto a 25 de noviembre de 2015.
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