Art. 123
Competencias de ejecución de conformidad con el procedimiento de examen
En vigor desde 17 dic 2013
Artículo 123
Competencias de ejecución de conformidad con el procedimiento de examen
La Comisión podrá adoptar actos de ejecución para establecer las medidas necesarias en lo que atañe a los procedimientos y los criterios técnicos aplicables a la presente sección, incluidas las medidas necesarias para los procedimientos de certificación, aprobación y control aplicables a los vinos sin una denominación de origen protegida ni una indicación geográfica protegida. Dichos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento de examen contemplado en el artículo 229, apartado 2.
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