Art. 116

Otras competencias de ejecución

En vigor desde 17 dic 2013
Artículo 116 Otras competencias de ejecución Cuando una oposición se considere inadmisible, la Comisión adoptará actos de ejecución para rechazarla por ello. Dichos actos de ejecución serán adoptados sin aplicación del procedimiento a que se refiere el artículo 229, apartados 2 o 3.
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