Art. 15
Revisión
En vigor desde 17 dic 2013
Artículo 15
Revisión
a la luz de la evolución económica y de la situación presupuestaria. Dicha revisión podrá llevar a la adopción de actos legislativos, actos delegados adoptados en virtud del artículo 290 del TFUE o actos de ejecución adoptados en virtud del artículo 291 del TFUE,
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