Art. 1

Ámbito de aplicación

En vigor desde 17 dic 2013
Artículo 1 Ámbito de aplicación El presente Reglamento establece las normas sobre: a) la financiación de los gastos de la Política Agrícola Común (PAC), incluidos los de desarrollo rural; b) el sistema de asesoramiento a las explotaciones; c) los sistemas de gestión y control implantados por los Estados miembros; d) el sistema de condicionalidad; e) la liquidación de cuentas.
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