Art. 1
Ámbito de aplicación
En vigor desde 17 dic 2013
Artículo 1
Ámbito de aplicación
El presente Reglamento establece las normas sobre:
a)
la financiación de los gastos de la Política Agrícola Común (PAC), incluidos los de desarrollo rural;
b)
el sistema de asesoramiento a las explotaciones;
c)
los sistemas de gestión y control implantados por los Estados miembros;
d)
el sistema de condicionalidad;
e)
la liquidación de cuentas.
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