Art. 9
Objetivos temáticos
En vigor desde 17 dic 2013
Artículo 9
Objetivos temáticos
A fin de contribuir a la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, así como a las misiones específicas de los Fondos con arreglo a sus objetivos basados en el Tratado, incluida la cohesión económica, social y territorial, los Fondos EIE apoyarán los siguientes objetivos temáticos:
1)
potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación;
2)
mejorar el uso y la calidad de las tecnologías de la información y de la comunicación y el acceso a las mismas;
3)
mejorar la competitividad de las pyme, del sector agrícola (en el caso del Feader) y del sector de la pesca y la acuicultura (en el caso del FEMP);
4)
favorecer la transición a una economía baja en carbono en todos los sectores;
5)
promover la adaptación al cambio climático y la prevención y gestión de riesgos;
6)
conservar y proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos;
7)
promover el transporte sostenible y eliminar los estrangulamientos en las infraestructuras de red fundamentales;
8)
promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y favorecer la movilidad laboral;
9)
promover la inclusión social y luchar contra la pobreza y cualquier forma de discriminación;
10)
invertir en educación, formación y formación profesional para la adquisición de capacidades y un aprendizaje permanente;
11)
mejorar la capacidad institucional de las autoridades públicas y las partes interesadas y la eficiencia de la administración pública.
Los objetivos temáticos se traducirán en prioridades específicas de cada Fondo EIE fijadas en las normas específicas de los Fondos.
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