Art. 1
Objeto y ámbito de aplicación
En vigor desde 17 dic 2013
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
1. El presente Reglamento establece el ámbito de aplicación del FEDER con respecto al objetivo de cooperación territorial europea, así como las disposiciones específicas relativas a dicho objetivo.
2. El presente Reglamento define, para el objetivo de cooperación territorial europea, los objetivos prioritarios y la organización del FEDER, los criterios que deben cumplir los Estados miembros y las regiones para poder beneficiarse de la ayuda del FEDER, los recursos financieros disponibles para recibir ayudas del FEDER y los criterios aplicables para decidir su asignación.
Establece además las disposiciones necesarias para garantizar la aplicación efectiva, el seguimiento, la gestión financiera y el control de los programas operativos correspondientes al objetivo de cooperación territorial europea (en lo sucesivo, «programas de cooperación»), incluso cuando terceros países participan en dichos programas.
3. El Reglamento (UE) no 1303/2013 y el capítulo I del Reglamento (UE) no 1301/2013 se aplicarán al objetivo de cooperación territorial europea y a los programas de cooperación con arreglo al mismo, excepto en los casos específicamente previstos en el presente Reglamento, o cuando dichas disposiciones solo puedan aplicarse al objetivo de inversión para el crecimiento y el empleo.
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