Art. 8
Protección de los intereses financieros de la Unión
En vigor desde 13 dic 2013
Artículo 8
Protección de los intereses financieros de la Unión
1. La Comisión tomará las medidas adecuadas para que, al ejecutar las acciones financiadas en virtud del presente Reglamento, los intereses financieros de la Unión queden protegidos por la aplicación de medidas preventivas contra el fraude, la corrupción y cualesquiera otras actividades ilícitas, por la realización de controles efectivos y, si se detectan irregularidades, por la recuperación de las cantidades abonadas indebidamente y, cuando proceda, mediante sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias.
2. La Comisión o sus representantes y el Tribunal de Cuentas estarán facultados para auditar, tanto sobre la base de documentos como in situ, a todos los beneficiarios de subvenciones, contratistas y subcontratistas que hayan recibido fondos de la Unión.
La Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) podrá efectuar controles e inspecciones in situ de los operadores económicos interesados directa o indirectamente por la financiación de la Unión, de conformidad con los procedimientos previstos en el Reglamento (UE, Euratom) no 883/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (13) y en el Reglamento (Euratom, CE) no 2185/96 del Consejo (14), con miras a determinar la existencia de algún fraude, o de corrupción o cualquier otra actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Unión en relación con cualquier convenio o decisión de subvención, o con un contrato de financiación por la Unión.
3. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 1 y 2, los acuerdos de cooperación con países terceros y con organizaciones internacionales, así como los convenios y decisiones de subvención y los contratos derivados de la aplicación del presente Reglamento contendrán disposiciones que faculten expresamente a la Comisión, al Tribunal de Cuentas y a la OLAF para llevar a cabo las auditorías, controles in situ e inspecciones mencionados en dichos apartados, de conformidad con sus respectivas competencias.
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