Art. 33

Reasignación de fondos entre los ejes y a cada una de las secciones temáticas de los ejes del Programa

En vigor desde 11 dic 2013
Artículo 33 Reasignación de fondos entre los ejes y a cada una de las secciones temáticas de los ejes del Programa Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 34 en lo referente a la reasignación de fondos entre ejes y a cada una de las secciones temáticas de los ejes del Programa que superen en más de un 5 %, con un máximo del 10 %, el importe indicativo establecido en cada caso cuando la evolución del contexto socioeconómico o los resultados de la evaluación intermedia contemplada en el artículo 13, apartado 1, así lo requieran. La reasignación de fondos a las secciones temáticas de cada eje se reflejará en los programas de trabajo contemplados en el artículo 32.
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