Art. 17
Algoritmo de subasta de reloj ascendente
En vigor desde 14 oct 2013
Artículo 17
Algoritmo de subasta de reloj ascendente
1. Las subastas de reloj ascendente permitirán a los usuarios de la red presentar ofertas de volumen en función de precios ascendentes, que se anunciarán en rondas de ofertas consecutivas, empezando por el precio de reserva P0.
2. La primera ronda de ofertas, en la que el precio será igual al precio de reserva P0, tendrá una duración de tres horas. Las rondas de ofertas subsiguientes tendrán una duración de una hora. Habrá un descanso de una hora entre cada ronda de ofertas.
3. Las ofertas deberán precisar:
a)
la identidad del usuario de la red que presenta la oferta;
b)
el punto de interconexión en cuestión y la dirección del flujo;
c)
el producto de capacidad normalizado para el cual se solicita la capacidad;
d)
por escalón de precio, la cantidad de capacidad para el respectivo producto de capacidad normalizado;
e)
el producto solicitado.
4. Se considerarán válidas las ofertas presentadas por usuarios de la red que cumplan las disposiciones del presente artículo.
5. Para participar en una subasta, será obligatorio para los usuarios de la red presentar una oferta de volumen en la primera ronda de ofertas.
6. Los gestores de redes de transporte darán a los usuarios de la red la opción de pujar automáticamente en todos los escalones de precio.
7. Una vez concluida la ronda de ofertas correspondiente, no se aceptará ninguna modificación, retirada ni variación de las ofertas válidas. Todas las ofertas válidas pasarán a ser compromisos vinculantes del usuario de la red de reservar la cantidad de capacidad solicitada por el precio anunciado, siempre que el precio de adjudicación de la subasta sea el anunciado en la ronda de ofertas pertinente.
8. El volumen solicitado por un usuario de la red en una ronda de ofertas será igual o menor que la capacidad ofertada en la subasta pertinente. El volumen solicitado por un usuario de la red a un precio determinado será igual o menor que el volumen solicitado por dicho usuario de la red en la ronda previa, salvo que sea de aplicación lo dispuesto en el apartado 16.
9. Durante la ronda de ofertas, podrán presentarse, modificarse y retirarse libremente ofertas, siempre y cuando cumplan lo dispuesto en el apartado 8. Las ofertas válidas continuarán siéndolo hasta su modificación o retirada.
10. Se definirán un escalón de precio grande y un escalón de precio pequeño para cada punto de interconexión y para cada producto de capacidad normalizado, que serán publicados antes de la subasta pertinente. El escalón de precio pequeño será establecido de tal manera que un incremento de un número entero de escalones de precio pequeños equivaldrá a un incremento de un escalón de precio grande.
11. Al determinar el escalón de precio grande se tratará de minimizar, en la medida de lo razonable, la duración del procedimiento de subasta. Al determinar el escalón de precio pequeño se tratará de minimizar, en la medida de lo razonable, el volumen de capacidad no vendida cuando la subasta cierra a un precio mayor que el precio de reserva.
12. Si la demanda agregada de todos los usuarios de la red es menor o igual a la capacidad ofertada al final de la primera ronda de ofertas, la subasta se cerrará.
13. Si la demanda agregada de todos los usuarios de la red es mayor que la capacidad ofertada al final de la primera ronda de ofertas o de una ronda subsiguiente, se abrirá una nueva ronda de ofertas con un precio igual al precio de la ronda de ofertas previa más un escalón de precio grande.
14. Si la demanda agregada de todos los usuarios de la red es igual a la capacidad ofertada al final de la segunda ronda de ofertas o de una ronda subsiguiente, la subasta se cerrará.
15. De producirse una primera venta a la baja, se reducirá el precio y se abrirá una nueva ronda de ofertas. La nueva ronda de ofertas tendrá un precio igual al precio aplicable en la ronda de ofertas previa a la primera venta a la baja más un escalón de precio pequeño. Se abrirán sucesivas rondas de ofertas con subidas respectivas de un escalón de precio pequeño hasta que la demanda agregada de todos los usuarios de la red sea menor o igual a la capacidad ofertada, momento en el que se cerrará la subasta.
16. El volumen solicitado por cada usuario de la red en la primera ronda de ofertas en la que se apliquen escalones de precio pequeños será igual o menor que el volumen solicitado por dicho usuario de la red en la ronda de ofertas previa a la primera venta a la baja. El volumen solicitado por cada usuario de la red en todas las rondas de ofertas en las que se apliquen escalones de precio pequeños será igual o mayor que el volumen solicitado por dicho usuario de la red en la ronda de ofertas en la que se produjo la primera venta a la baja.
17. Si la demanda agregada de todos los usuarios de la red es mayor que la capacidad ofertada en la ronda de ofertas con precio igual a aquel que dio lugar a la primera venta a la baja menos un escalón de precio pequeño, la subasta se cerrará. El precio de adjudicación será el precio que dio lugar a la primera venta a la baja, y las ofertas adjudicatarias serán las presentadas durante la ronda de ofertas inicial en la que se produjo la primera venta a la baja.
18. Tras cada ronda de ofertas, la demanda de todos los usuarios de la red en una subasta específica se publicará de forma agregada tan pronto como sea posible.
19. El precio anunciado para la última ronda de ofertas con la que se cierre una subasta específica se considerará el precio de adjudicación de dicha subasta, excepto en los casos en que sea de aplicación lo dispuesto en el apartado 17.
20. La capacidad se asignará a los usuarios de la red que hayan presentado ofertas válidas al precio de adjudicación en función del volumen solicitado en sus ofertas al precio de adjudicación. Los usuarios de la red adjudicatarios pagarán el precio de adjudicación de la subasta, que podrá ser un precio fijo o un precio variable conforme a lo dispuesto en el artículo 26, apartado 2, así como cualquier otro coste aplicable en el momento en que pueda utilizarse la capacidad que les ha sido asignada.
21. Tras el cierre de cada subasta, se publicará su resultado final, en particular la cantidad total de capacidad asignada y el precio de adjudicación. Los usuarios de la red adjudicatarios serán informados sobre la cantidad de capacidad que les haya sido asignada; la información individual solo se comunicará a las partes interesadas.
22. Si una subasta de reloj ascendente no hubiera finalizado antes del comienzo previsto (de acuerdo con el calendario de subastas) de la siguiente subasta de capacidad relativa al mismo período, se cerrará la primera subasta sin asignarse capacidad. La capacidad se ofertará en la siguiente subasta pertinente.
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