Art. 12
Subastas anuales de capacidad trimestral
En vigor desde 14 oct 2013
Artículo 12
Subastas anuales de capacidad trimestral
1. Las subastas anuales de capacidad trimestral tendrán lugar una vez al año.
2. La capacidad para cada producto de capacidad trimestral normalizado se subastará en la subasta anual de capacidad trimestral utilizando un algoritmo de subasta de reloj ascendente, de conformidad con el artículo 17.
3. Cada año de gas, la capacidad para cada trimestre, desde el primer trimestre (octubre-diciembre) del año de gas siguiente hasta el último trimestre (julio-septiembre) del año de gas siguiente (inclusive), se subastará en la subasta anual de capacidad trimestral.
4. Durante la subasta anual de capacidad trimestral, los usuarios de la red podrán participar en una, dos, tres o cuatro subastas concurrentes respecto a cada punto de interconexión, con el fin de solicitar productos de capacidad trimestral normalizados.
5. Las subastas anuales de capacidad trimestral darán comienzo el primer lunes de junio de cada año, salvo que se especifique otra fecha en el calendario de subastas.
6. La capacidad que podrá ofertarse en la subasta anual de capacidad trimestral será igual a:
donde:
A
es la capacidad técnica del gestor de red de transporte para cada uno de los productos de capacidad normalizados;
C
es la capacidad técnica previamente vendida, ajustada en función de la capacidad que se vuelve a ofrecer conforme a los procedimientos de gestión de la congestión aplicables;
D
es la capacidad adicional para dicho trimestre, si la hubiere.
7. Dos semanas antes del comienzo de la subasta anual de capacidad trimestral, los gestores de redes de transporte notificarán a los usuarios de la red la cantidad de capacidad que se ofertará para cada trimestre en dicha subasta. Además, los gestores de redes de transporte informarán a los usuarios de la red sobre la posibilidad de disponer de capacidad adicional.
8. Las rondas de ofertas de cada subasta se desarrollarán entre las 8.00 horas UTC y las 17.00 horas UTC (horario de invierno) o entre las 7.00 horas UTC y las 16.00 horas UTC (horario de verano) cada día de gas pertinente. Las rondas de ofertas se abrirán y se cerrarán dentro de cada día de gas, tal como establece el artículo 17, apartado 2.
9. Tan pronto como sea posible y no más tarde del día laborable siguiente al cierre de la ronda de ofertas, las asignaciones resultantes de la subasta se comunicarán de forma simultánea a cada usuario de la red que haya participado en la correspondiente subasta.
10. La información agregada sobre los resultados de la subasta se pondrá a disposición del mercado.
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