Art. 125
Imposición de sanciones
En vigor desde 9 oct 2013
Artículo 125
Imposición de sanciones
Cuando la extinción de la deuda aduanera se haya producido con arreglo al artículo 124, apartado 1, letra h), ello no excluirá que los Estados miembros impongan sanciones por incumplimiento de la legislación aduanera.
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