Art. 113

Adopción del nuevo Reglamento Financiero del organismo de la Unión

En vigor desde 30 sept 2013
Artículo 113 Adopción del nuevo Reglamento Financiero del organismo de la Unión Cada uno de los organismos mencionados en el artículo 208 del Reglamento (UE, Euratom) no 966/2012 adoptará un nuevo Reglamento Financiero de cara a su entrada en vigor el 1 de enero de 2014 o, en cualquier caso, en un plazo de seis meses a partir de la fecha en que un organismo esté incluido en el ámbito de aplicación del artículo 208 de dicho Reglamento, tras la concesión de una contribución con cargo al presupuesto.
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