Art. 20
Derogación
En vigor desde 11 sept 2013
Artículo 20
Derogación
Quedan derogados el Reglamento (CE) no 1073/1999 y el Reglamento (Euratom) no 1074/1999.
Las referencias a los Reglamentos derogados se entenderán como referencias al presente Reglamento y se leerán de acuerdo con la tabla de correspondencias que figura en el anexo II.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2013:883:oj#art-20