Art. 3

Términos compuestos

En vigor desde 25 jul 2013
Artículo 3 Términos compuestos 1.   El término «bebida espirituosa» no podrá formar parte de un término compuesto que describa una bebida alcohólica. 2.   Un término compuesto que describa una bebida alcohólica no podrá constar de una combinación del término «licor» con el nombre de una de las categorías 33 a 40 del anexo II del Reglamento (CE) no 110/2008. 3.   Un término compuesto no podrá sustituir la denominación de venta de una bebida espirituosa. 4.   El término compuesto que describa una bebida alcohólica deberá figurar con caracteres uniformes del mismo tipo de letra, tamaño y color. No deberá interrumpirse mediante ningún elemento textual o gráfico que no forme parte del mismo y no figurará en un tamaño de fuente mayor que el de la denominación de venta.
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