Art. 2
Definiciones
En vigor desde 14 jun 2013
Artículo 2
Definiciones
A efectos del presente Reglamento, se aplicarán las definiciones del artículo 2 del Reglamento (CE) no 714/2009. Asimismo, se entenderá por:
1)
«reservas de balance»: todos los recursos, ya se hayan obtenido ex ante o en tiempo real, o con arreglo a obligaciones legales, de que disponen los GRT para fines de balance;
2)
«unidad de tiempo de balance»: el período de tiempo para el cual se ha establecido el precio de las reservas de balance;
3)
«zona de ofertas»: la mayor zona geográfica en la que los participantes en el mercado pueden intercambiar energía sin asignación de capacidad;
4)
«asignación de capacidad»: la asignación de la capacidad interzonal;
5)
«unidad de consumo»: un recurso que recibe energía eléctrica para su propio uso, excepción hecha de los GRT y de los gestores de las redes de distribución (GRD);
6)
«zona de control»: una parte coherente de la red interconectada, gestionada por un solo gestor de redes, y que incluirá las cargas físicas conectadas y/o las unidades de generación, si las hubiera;
7)
«capacidad de transporte neta coordinada»: un método de cálculo de la capacidad basado en el principio de evaluación y definición ex ante de un intercambio máximo de energía entre zonas de ofertas adyacentes;
8)
«elemento crítico de la red»: un elemento de la red, situado dentro de una zona de ofertas o entre ellas, tenido en cuenta en el proceso de cálculo de la capacidad, que limita la cantidad de energía que puede intercambiarse;
9)
«balance entre zonas de control»: un régimen de balance en el que un GRT puede recibir ofertas para activación procedentes de las zonas de otros GRT; no incluye el redespacho ni la entrega de energía con carácter de emergencia;
10)
«capacidad interzonal»: la capacidad del sistema interconectado para asimilar la transferencia de energía entre zonas de ofertas;
11)
«moneda»: el euro, si al menos una parte de la zona o zonas de ofertas afectadas forma parte de un país cuya moneda de curso legal es el euro; en todos los demás casos, la moneda local;
12)
«hora de validación»: el momento en que los GRT deben confirmar todas las nominaciones casadas al mercado. La hora de validación se refiere no solo a los mercados diarios o intradiarios sino también a los distintos mercados que cubren los ajustes de los desequilibrios y la asignación de reservas;
13)
«intercambio compensatorio»: un intercambio entre zonas iniciado por los gestores de las redes entre dos zonas de ofertas para aliviar la congestión física;
14)
«proveedor de datos»: la entidad que envía los datos a la plataforma de transparencia de información centralizada;
15)
«asignación explícita»: la asignación de capacidad interzonal solamente, sin la transferencia de energía;
16)
«parámetros basados en los flujos»: los márgenes disponibles sobre los elementos críticos de la red con los correspondientes factores de distribución de la transferencia de energía;
17)
«unidad de generación»: un solo generador de electricidad perteneciente a una unidad de producción;
18)
«asignación implícita»: un método de gestión de la congestión en el que se obtiene la energía al mismo tiempo que la capacidad interzonal;
19)
«unidad de tiempo del mercado»: el período para el cual se ha establecido el precio de mercado, o el más breve período de tiempo común para las dos zonas de ofertas, si sus unidades de tiempo del mercado son diferentes;
20)
«capacidad ofertada»: la capacidad interzonal ofrecida por el responsable de asignar la capacidad de transporte al mercado;
21)
«programada», una incidencia conocida de antemano por el propietario primario de los datos;
22)
«factor de distribución de la transferencia de energía», una representación del flujo físico en un elemento crítico de la red inducido por la variación de la posición neta de una zona de ofertas;
23)
«propietario primario de los datos»: la entidad que crea los datos;
24)
«unidad de producción»: una instalación para la generación de electricidad compuesta por una sola unidad de generación o por una agrupación de unidades de generación;
25)
«perfil»: un límite geográfico entre una zona de ofertas y varias zonas de ofertas vecinas;
26)
«redespacho»: una medida activada por uno o varios gestores de redes, que modifica el esquema de generación y/o de carga con el fin de cambiar los flujos físicos en el sistema de transporte y aliviar la congestión física;
27)
«carga total»: incluidas las pérdidas y exceptuando la potencia utilizada para el almacenamiento de energía, una carga igual a la generación más las eventuales importaciones, menos las exportaciones y la potencia utilizada para el almacenamiento de energía;
28)
«responsable de asignar la capacidad de transporte»: la entidad habilitada por los GRT para gestionar la asignación de las capacidades interzonales;
29)
«carga vertical»: la cantidad total de energía eléctrica que sale de la red de transporte hacia las redes de distribución, hacia los clientes finales conectados directamente o hacia la parte de la generación que consume;
30)
«margen de las previsiones a un año»: la diferencia entre la previsión anual de la capacidad de generación disponible y las previsiones anuales de carga total máxima, teniendo en cuenta la previsión de la capacidad de generación total, la previsión de disponibilidad de generación y la previsión de las reservas contratadas para los servicios del sistema;
31)
«hora»: la hora local de Bruselas.
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