Art. 1

Objeto y ámbito de aplicación

En vigor desde 15 may 2013
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación El presente Reglamento establece las especificaciones necesarias para garantizar la compatibilidad, interoperabilidad y continuidad de la implantación y la explotación operativa de los servicios de información sobre zonas de estacionamiento seguras y protegidas para los camiones y los vehículos comerciales a nivel de la Unión de conformidad con la Directiva 2010/40/UE. Se aplicará al suministro de servicios de información situados en la red transeuropea de carreteras.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2013:885:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil