Art. 16

Declaración del proponente

En vigor desde 30 abr 2013
Artículo 16 Declaración del proponente Sobre la base de los resultados de la aplicación del presente Reglamento y del informe de evaluación de la seguridad elaborado por el organismo de evaluación, el proponente realizará una declaración por escrito manifestando que todos los peligros identificados y sus riesgos asociados se encuentran a un nivel adecuado de control.
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