Art. 1
En vigor desde 18 feb 2013
Artículo 1
El Reglamento (CE) no 329/2007 queda modificado como sigue:
(1)
El anexo II se sustituye por el texto que figura en el anexo I del presente Reglamento.
(2)
El anexo IV queda modificado de conformidad con el anexo II del presente Reglamento.
(3)
El anexo V queda modificado de conformidad con el anexo III del presente Reglamento.
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