Art. 11

Auditoría interna

En vigor desde 19 dic 2012
Artículo 11 Auditoría interna 1.   Las ECC establecerán y mantendrán una función de auditoría interna separada e independiente de sus demás funciones y actividades, que asumirá las siguientes responsabilidades: a) establecer, aplicar y mantener un plan de auditoría que permita examinar y evaluar la adecuación y efectividad de los sistemas, mecanismos de control interno y mecanismos de gobernanza de la ECC; b) hacer recomendaciones basándose en los resultados de las tareas que se efectúen en aplicación de la letra a); c) comprobar el cumplimiento de esas recomendaciones; d) informar de las cuestiones relacionadas con la auditoría interna al consejo. 2.   La función de auditoría interna dispondrá de la autoridad, los recursos y los conocimientos técnicos necesarios y tendrá acceso a todos los documentos pertinentes para el desempeño de su cometido. Será suficientemente independiente de la dirección e informará directamente al consejo. 3.   La auditoría interna evaluará la eficacia de los procesos de gestión de riesgos y los mecanismos de control de la ECC, de forma que resulte proporcionada a los riesgos a que estén expuestas las diferentes líneas operativas e independiente de las áreas de negocio evaluadas. La función de auditoría interna tendrá el acceso a la información que resulte necesaria para revisar las actividades, operaciones, procesos y sistemas de la ECC, incluidas las actividades externalizadas. 4.   Los análisis de auditoría interna se basarán en un plan de auditoría exhaustivo que se revisará y comunicará a la autoridad competente con periodicidad mínima anual. Las ECC velarán por que puedan realizarse a corto plazo auditorías especiales motivadas por hechos concretos. La planificación y la revisión de la auditoría deberá aprobarlas el consejo. 5.   Las operaciones de compensación, los procesos de gestión de riesgos, los mecanismos de control interno y las cuentas de las ECC deberán ser objeto de una auditoría independiente. Las auditorías independientes tendrán lugar como mínimo anualmente.
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