Art. 275

Plazos de los procedimientos

En vigor desde 29 oct 2012
Artículo 275 Plazos de los procedimientos (artículo 190 del Reglamento Financiero) 1.   Las ofertas deberán remitirse al órgano de contratación a la dirección indicada en la invitación de licitación, a más tardar en la fecha y hora señaladas en dicha invitación. Los plazos de recepción de las ofertas y solicitudes de participación, fijados por los órganos de contratación, serán suficientemente amplios para que los interesados dispongan de un plazo razonable y adecuado para preparar y presentar sus ofertas. En los contratos de servicios, el plazo mínimo entre la fecha de envío de la carta de invitación a licitar y la fecha límite fijada para la recepción de las ofertas será de 50 días. No obstante, en casos urgentes, podrán autorizarse plazos diferentes. 2.   Los licitadores podrán presentar sus dudas por escrito antes de la fecha límite para la recepción de las ofertas. El órgano de contratación responderá a los licitadores antes de la fecha límite para la recepción de las ofertas. 3.   En los procedimientos internacionales restringidos, el plazo mínimo de recepción de las solicitudes de participación será de 30 días a partir de la publicación del anuncio de contrato. El plazo mínimo entre la fecha de envío de la carta de invitación y el plazo fijado para la recepción de las ofertas será de 50 días. No obstante, en algunos casos excepcionales, podrán autorizarse plazos diferentes. 4.   En los procedimientos internacionales abiertos, los plazos mínimos de recepción de las ofertas serán, a partir de la fecha de envío de la publicación del anuncio de contrato, respectivamente de: a) 90 días para los contratos de obras; b) 60 días para los contratos de suministro. No obstante, en algunos casos excepcionales, podrán autorizarse plazos diferentes. 5.   En los procedimientos locales abiertos, los plazos mínimos de recepción de las ofertas serán, a partir de la publicación del anuncio de contrato, respectivamente de: a) 60 días para los contratos de obras; b) 30 días para los contratos de suministro. No obstante, en algunos casos excepcionales, podrán autorizarse plazos diferentes. 6.   En los procedimientos negociados sujetos a las normas de competencia contemplados en el artículo 265, apartado 1, letra b), el artículo 267, apartado 1, letra c), y el artículo 269, apartado 1, letra c), se concederá a los candidatos un plazo mínimo de 30 días a partir de la fecha de envío de la carta de invitación a licitar para presentar sus ofertas. 7.   Los plazos previstos en los apartados 1 a 6 se establecen en días naturales.
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