Art. 176
Acciones subvencionables
En vigor desde 29 oct 2012
Artículo 176
Acciones subvencionables
(artículo 121 del Reglamento Financiero)
Una acción subvencionable en los términos establecidos en el artículo 121 del Reglamento Financiero deberá estar claramente definida.
Queda prohibido dividir una acción en diferentes acciones con la intención de sustraerla a las normas de financiación definidas en el presente Reglamento.
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