Art. 120
Recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
En vigor desde 29 oct 2012
Artículo 120
Recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
(artículo 100 del Reglamento Financiero)
Sin perjuicio de las vías de recurso que ofrece el Estatuto, el auditor interno podrá recurrir directamente ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea contra todo acto relativo al ejercicio de sus funciones de auditor interno. Este recurso deberá formalizarse en el plazo de tres meses a partir de la fecha de notificación del acto controvertido.
La instrucción y fallo del recurso se regularán conforme a lo dispuesto en el artículo 91, apartado 5, del Estatuto.
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