Art. 1

En vigor desde 2 ago 2012
Artículo 1 En el artículo 23, apartado 2, del Reglamento (UE) no 267/2012, la letra e) se sustituye por el texto siguiente: «e) persona jurídica, entidad u organismo que pertenezca o esté controlado por la Compañía Naviera de la República Islámica de Irán (IRISL) o por una persona física o jurídica, entidad u organismo que actúe en su nombre.».
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eli:reg:2012:708:oj#art-1

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